Rivera Schatz defiende creación de Ley Reguladora de los ‘PBM’

Senado

(“Nunca se ha aprobado aquí un proyecto perfecto”)

El Capitolio – El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz defendió hoy el que se aprobara en su último día de Sesión el Proyecto del Senado 218 en su informe de comité de conferencia, que crea la “Ley Reguladora de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia” alegando que “la política de todo o nada, no es inteligente” y que en la historia de la Cámara Alta “no se ha aprobado un proyecto perfecto”.

De esta forma reaccionó al conocer las posturas de varios senadores de las delegaciones de minoría que votaron a favor de la medida original y adelantaron que votarán en contra del informe del comité de conferencia de la pieza legislativa alegando que no se estarían supervisando y fiscalizando la mayoría de los Manejadores de Beneficios de Farmacia (Pharmacy Benefit Manager ‘PBM’, por sus siglas en inglés).

Los senadores que se expresaron en contra fueron el senador José Vargas Vidot, quien figura como coautor de la medida. De igual forma, se expresó la senadora Rossana López León y el senador Juan Dalmau Ramírez para quien “bailamos todos o rompemos la vitrola”.

“Nunca se aprobado en este Hemiciclo un Proyecto perfecto. Ojalá que podamos caminar un poco más de lo que hemos hecho con este Proyecto y pudiéramos alcanzar los objetivos originales de la medida…Esa política de o todo o nada no es inteligente”, dijo el Presidente del Senado, quien comparó las posturas asumidas por varios legisladores en torno a este proyecto con las que asumieron en torno el proyecto del Senado 950 de la senadora Nayda Venegas Brown.

“Hemos aprobado mucha legislación para proteger la vida como el de la compañera Nayda Venegas Brown para garantizarle la vida al que no ha podido nacer y alguna gente aquí para ellos eso no es vida. ¿Dónde tiramos la raya de salvar y proteger una vida o no salvarla y no protegerla? ¿Donde? ¿Dónde ustedes la tiran?… Entre proteger la vida y no protegerla para mí no hay puntos medios.”, cuestionó Rivera Schatz. “Sino avanzamos lo suficiente, vamos a tratar de seguir caminando… Toda gran marcha comienza con ese primer paso para los que no lo entienden”, concluyó el líder senatorial.

Por su parte, el senador popular, José Luis Dalmau Santiago, quien es autor de la medida, se expresó “satisfecho” con la aprobación de la misma porque “ahora mismo no hay legislación que regule los PBM…Estamos dando un paso en la dirección correcta”.


A estas palabras, se unió la senadora Zoé Laboy Alvarado para quien este “primer paso” es importante porque las PBM “estuvieron demasiados años sin ser reguladas” pero adelantó que evalúa radicar legislación para regular aún más a estas empresas.

Mientras, el senador Eduardo Bhatia Gautier destacó que “hoy se toma un paso importante” porque “esto es una medida necesaria”. “El tema del costo de los medicamentos es un poco vergüenza en la industria. Hay gente en este País que decide semanalmente o mensualmente si paga la luz o los medicamentos, si paga la comida o los medicamentos. Ser enfermo en Puerto Rico es una esclavitud por el costo tan alto de medicamentos que hay y esto hay que empezar a controlarlo.

El presidente de la Comisión de Salud, Ángel “Chayanne” Martínez Santiago, argumentó que la pieza legislativa le “hace justicia social a nuestros pacientes de mayor edad, quienes son los más vulnerables”.

“No estamos cogiendo a nadie de zángano y mucho menos de forma para que sean humillados. Estamos haciendo un proyecto para ser la base de un proyecto porque los proyectos se corrigen en el camino. Votar afirmativamente sobre este proyecto abre las puertas para ser mejorado”, argumentó el senador por el Distrito de Arecibo, quien anticipó que la medida, una vez aprobada, sufriría cambios.

“Estamos trayendo aquí un proyecto que no es perfecto. Recibimos críticas, recibimos presión, recibimos personas que ni siquiera entienden lo que es un Proyecto de ley. Las puertas de la Comisión de Salud estuvieron abiertas para todo aquél que tuviera que expresarse sobre esta medida. Hoy se hace justicia a muchas de esas personas que perdieron a un familiar que a la hora de buscar un medicamento no podían contar con el mismo porque no tenían el dinero para comprarlo”, detalló Martínez Santiago.

Según la medida los PBMs y PBAs tienen un gran impacto en la política pública de atención a la salud, ya que administran la cobertura del plan de medicamentos a miles de pacientes en la Isla a través de contrataciones con las farmacias.

A nivel local, este renglón empresarial carece de regulación a pesar de que estos intermediarios constituyen uno de los eslabones más importantes en la cadena de servicios de salud, pues a través de ellos el paciente obtiene acceso a los medicamentos y tratamientos para su condición.

Esta falta de regulación ha sido un factor en los resultados y limitaciones que los pacientes experimentan en el acceso a los medicamentos que conforman su tratamiento de salud. Igualmente, se ha identificado un problema serio en la relación de estas empresas y las farmacias, específicamente en lo que respecta a pagos por concepto de medicamentos.

En este caso los PBMs de forma unilateral imponen y determinan, a su criterio, el precio a pagar por los medicamentos adquiridos por las farmacias para ser provistos al paciente.

En muchas ocasiones los pagos que se hacen a las farmacias están por debajo del costo de adquisición del medicamento. No cabe duda, que en la medida en que la farmacia no puede recobrar el costo del medicamento, asume pérdidas sustanciales que, siendo una pequeña empresa proveedora de salud, no puede asumir ni absorber. Esto hace que dichas farmacias se vean en la obligación de no adquirir ciertos medicamentos y sufran pérdidas económicas significativas.

“La falta de regulación uniforme de estas entidades pudiese acarrear un problema de salud pública en el país. Todo el andamiaje de la cadena de salud corre por diferentes canales. Así pues, en la medida que las farmacias no puedan recobrar el costo de compra del producto dejarán prontamente de ordenarlos a los suplidores. Al suplidor no recibir orden alguna dejará de traerlo a Puerto Rico, provocando de esta forma una escasez de medicamentos.

Es de conocimiento general que el tema de la salud encierra un interés y responsabilidad primaria del Estado resultando ser una obligación apremiante sobre cualquier otra consideración, incluyendo aquella de índole económica.”, lee la Exposición de Motivos de la pieza legislativa.

Entre las prohibiciones a estas entidades que se establecen en el Proyecto del Senado 218 y que están contenidas en el Artículo 14 del Decretase, figura el Interferir o alterar unilateralmente a los pacientes las prescripciones de medicamentos, equipos, pruebas clínicas, terapias, procedimientos u otros servicios realizados por profesionales de salud, según establecido en el Capítulo 4 sobre Manejo de Medicamentos de Receta del Código de Seguros de Salud. Se dispone, además, que una vez un medicamento sea debidamente aprobado y autorizado por un PBM, PBA o entidad afín, las repeticiones de dicho medicamento o nuevas recetas no podrán ser denegadas, siempre y cuando se trate de la misma dosificación excepto cuando el protocolo clínico lo indique. La aprobación de los medicamentos no podrá exceder 24 horas si es urgente o expedito y no mayor de 72 horas en los demás casos.

A su vez se les prohíbe dar por terminado un contrato suscrito con una corporación, negocio, persona, aseguradora, con otra organización de servicios de salud o proveedor autorizado en Puerto Rico sin justa causa, según dispuesto por el reglamento promulgado por esta Ley, y sin antes proveer una explicación de las razones por las cuales termina o cancela el mismo antes de la fecha de terminación.

Esta disposición no aplicará a los casos de terminación por fraude y abuso, violación de ley o reglamento aplicable o para terminaciones requeridas por disposición de alguna ley estatal, federal o normativa aplicables, esto entre otras prohibiciones.

Toda persona natural o jurídica que infrinja por primera vez las disposiciones de esta Ley será responsable de una multa administrativa no mayor de $5 mil según las disposiciones de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”. En el caso de incurrir nuevamente en violación a esta Ley en un periodo de tiempo de un año, la multa impuesta podrá ser aumentada hasta un máximo de $10 mil. Además, el tribunal podrá imponer pena de restitución.

Asi mismo, el Comisionado Regulador podrá suspender o cancelar la licencia emitida en aquellos casos de contumacia, tomando en consideración el periodo de un año.

Esta pieza legislativa, así como los informes de los comités de conferencia de los Proyecto del Senado 236, la Resolución Conjunta del Senado 238 y Proyecto de la Cámara 1578 están pendientes de la votación electrónica.

Presupuesto
A pesar de la carta enviada por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) en la que se notifica que el presupuesto del País debía estar aprobado en o antes de las 5:30 p.m. el presidente del Senado indicó que la Cámara Alta realizará su trabajo de conformidad con la Constitución.

“No trabajo para la JSF yo trabajo para el pueblo de Puerto Rico… La JSF que haga lo que estime que deba a hacer. Nosotros haremos lo que estimemos correcto”, indicó.