Los legisladores radicaron censuran la negativa del Departamento de Salud para cumplir con la ley 209
San Juan- El representante Jesús Manuel Ortiz, radicó hoy la Resolución Conjunta de la Cámara 680 para ordenarle al Departamento de Salud cumplir con la Ley que los obliga a enviar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (IEPR) todos los datos crudos, informes y estadísticas oficiales sobre el COVID-19. La medida, a la que se unieron como autores los representantes Ramón Luis Cruz y Carlos Bianchi, le ordena a Salud cumplir con la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”.
La Resolución responde a un reclamo público del director ejecutivo del Instituto de Estadísticas, Dr. Orville M. Disdier Flores, quien en una columna publicada en un medio del país, detalla las iniciativas llevadas a cabo por la institución que dirige para la publicación de las estadísticas respecto al COVID-19, incluyendo datos crudos que eran provistos por el Departamento de Salud.
Sin embargo, el Departamento de Salud decidió, días después que el Instituto de Estadísticas lanzó estas herramientas el pasado 17 de marzo, dejar de enviarle los datos crudos y detallados oficiales. Esto a pesar de que es el Instituto de Estadísticas la entidad experta en estadísticas del País.
“No hay forma de que podamos dar los pasos correctos para atender esta emergencia, si no tenemos los datos y las estadísticas reales. Al negarse, el Departamento de Salud actúa en abierta violación de ley e impide que el país tenga información clara y accesible sobre el impacto del virus en Puerto Rico. No dejaremos de hacer reclamos públicos y de utilizar las herramientas a nuestro alcance para que el DS cumpla con la ley y desista de mantener los datos secuestrados. Para tomar las decisiones acertadas no podemos improvisar, ni continuar a oscuras sin los números correctos”, explicó Ortiz.
La Ley 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, creó el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, con el propósito de promover cambios en los sistemas de recopilación de datos y estadísticas para que éstos sean completos, confiables y de rápido y universal acceso. Así pues, el Artículo 13 de la referida Ley dispone que:
Todos los organismos gubernamentales, según se define ese concepto en esta Ley, tienen la obligación de enviar regular y constantemente al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico toda publicación de producto estadístico que produzcan, con el fin de que sean incorporadas al Inventario de Estadísticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y así estén disponibles para toda la ciudadanía.
Además, el Artículo 15 dispone que:
Todos los organismos gubernamentales, según definidos en esta Ley, están llamados a cumplir con las normas y órdenes promulgadas por el Instituto en relación con los procesos de acopio, análisis y divulgación de los productos estadísticos que prepare el gobierno, entre otros.
“Es claro que el DS está obligado por Ley a enviar regular y constantemente al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico toda publicación de producto estadístico que produzcan, esto evidentemente incluye los datos relacionados al COVID-19. Como cuestión de hecho, el IEPR es co-custodio de todos los datos generados por los organismos gubernamentales, incluyendo al Departamento de Salud”, sostuvieron los Representantes.