Senado aprueba DTRH contrate exempleados para agilizar solicitudes de desempleo

Senado

(También bonos a empleados, extensiones de moratorias, suspensión de arbitrios entre otras medidas relacionadas al COVID 19 )

El Capitolio– Con el propósito de agilizar los trámites de las más de 300 mil solicitudes de desempleo que ha recibido el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) a raíz de la pandemia provocada por el Coronavirus (COVID 19), el Senado aprobó hoy que dicha agencia reclute como empleados transitorios, a jornada parcial o completa a exempleados retirados y/o exempleados retirados del DTRH con experiencia previa en los sistemas y el procesamiento de reclamaciones de desempleo del Negociado de Seguridad en el Empleo. 

La duración de los nombramientos, que se autorizan a través de la Resolución Conjunta del Senado 532, de la autoría del senador y exsecretario del Trabajo Miguel Romero Lugo, podrán ser extendidos por el periodo que dure la emergencia del COVID 19 así como el dispuesto para la concesión de beneficios adicionales por desempleo que se hayan aprobado durante la emergencia. También, mientras continúen los efectos en los empleos provocados por la clausura parcial o total ordenada de los comercios y mientras persista el alto volumen de solicitudes por desempleo. 

“Le estaremos dando mayores recursos al DTRH para atender a nuestra gente que tiene una necesidad imperiosa en medio de esta pandemia”, dijo el senador Romero Lugo para quien el procesamiento de solicitudes por desempleo es uno que requiere un proceso humano porque este tipo de reclamaciones “no se atiende meramente con que cualquier personal apriete un botón o tome una decisión”.

“Esto requiere un personal que tiene un peritaje en el manejo de una aplicación y una plataforma que es bien antigua…y es el Programa Automatizado de Beneficios al Trabajador, el cual data de hace más de 20 años. En ese sentido son los empleados del Departamento los que identifican los famosos puntos controvertibles, cuando una contestación o pregunta por parte de un reclamante puede dar pie a que tenga una objeción a lo que es el pago de un beneficio por desempleo”, explicó Romero Lugo quien explicó los diversos tipos de programas de desempleo incluyendo el que aplica para quienes trabajan por cuenta propia.

“No estamos abriendo esto a que se convierta en un reclutamiento abierto de trabajadores. Estamos hablando de empleados retirados especializados del DTRH …, son los que por lo regular atienden este tipo de solicitud, conocen este lenguaje y pueden resolver los casos con mayor agilidad”, añadió el senador por el Distrito de San Juan. 

Según dispuesto en la pieza legislativa los exempleados retirados y/o exempleados del DTRH que estén acogidos a los beneficios del retiro del Gobierno, según la legislación aplicable, podrán ser remunerados de acuerdo con la escala salarial aplicable, sin que la misma afecte de forma alguna los beneficios de retiro. 

Bono empleados públicos

Precisamente en temas laborales, el Senado aprobó el Proyecto del Senado 1578 para otorgar un bono de productividad de hasta $500 a los empleados públicos que hayan laborado de modo presencial durante el periodo comprendido entre el 16 de marzo de 2020 hasta el 25 de mayo (fecha en que concluye el toque de queda vigente), y que no hayan recibido alguna otra remuneración especial o bonificación del gobierno estatal relacionada a su trabajo durante la emergencia del COVID 19. 

La medida es de la autoría del senador William Villafañe Ramos quien en el Hemiciclo dijo que esta medida, enfocada en “hacer justicia”, “no afecta el presupuesto” de las agencias, corporaciones e instrumentalidades públicas ya que utilizarían cualquier sobrante de sus asignaciones presupuestarias para conferir esta bonificación especial de manera uniforme entre los empleados que cumplan con lo requerido. Dicho beneficio no será aplicable a funcionarios electos ni a aquellos nombrados directamente por la gobernadora. 

Por su parte, el senador José Vargas Vidot destacó que “es importante que el ahorro de esas agencias es en virtud del sacrificio de los demás que nadie menciona” 

Acomodo razonable

Otra pieza legislativa de la autoría de Villafañe Ramos y que pasó el cedazo senatorial es el Proyecto del Senado 1577 para conferir el derecho a un acomodo razonable en su trabajo, durante la pandemia del COVID 19, a todo empleado que tenga un enfermedad o condición de salud, identificada por el Centro para el Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) o el Departamento de Salud como alto riesgo de mortalidad en caso de contagio con dicho virus, o que sea custodio de un menor de 14 años mientras el plantel físico en que estudia el menor esté cerrado por motivo de la pandemia, mediante trabajo remoto si por la naturaleza de su empleo fuera posible. 

Este acomodo razonable terminará cuando el empleado y su patrono lo acuerden, o cuando se haya declarado oficialmente el fin de la pandemia. También dicho acomodo puede incluir el suministro de indumentaria adecuada, equipo protector, garantías de separación física, cercanía de baños, disponibilidad de utensilios y artículos de higiene, trabajo remoto, entre otros. 

“No son empleados onerosos para los patronos porque así mismo lo establece la ley…Es un grado de sensibilidad patronal y de sentido común a la hora de asignar tareas y de lograr que un empleado logre su cometido y rinda su labor… Entendiendo que con la apertura paulatina que ha comenzado, incrementa el riesgo de contagio y que no se descarta olas o incrementos de los contagios a lo largo de los próximos meses ..es más que meritorio, pertinente y conveniente que aprobemos esta medida” dijo Villafañe Ramos en el Hemiciclo

Más meses de moratoria para préstamos hipotecarios

Por otra parte, el Senado autorizó, a través de la Resolución Conjunta del Senado 525, extender la moratoria de los préstamos hipotecarios, a los plazos vencederos en julio y agosto de este año. Dicha moratoria aplicará “únicamente” a aquellos clientes o deudores que notifiquen a su acreedor financiero que su situación financiera se vio afectada por las órdenes ejecutivas promulgadas en el marco de la emergencia del COVID 19. 

Asimismo, en la medida de la autoría del senador Romero Lugo, se establece que en el caso de las tarjetas de crédito se entenderá como moratoria la suspensión por la duración de esta del pago mínimo requerido por el acreedor financiero, incluyendo todas las instituciones bancarias o financieras a hacer negocios en la Isla, sobre la tarjeta de crédito. 

“Culminada la moratoria, el cliente o deudo resumirá el pago según pactado y se podrá continuar acumulando el interés correspondiente en el contrato de tarjeta de crédito, incluyendo respecto a las compras realizadas durante el periodo de moratoria, según los mismos fueron originalmente pactados. El acreedor financiero no podrá cancelar, congelar o paralizar el uso de la tarjeta de crédito a un cliente o deudo si el mismo cuenta con balance disponible para su uso por este acogerse a la moratoria”, explica Romero Lugo en la pieza legislativa. 

Queda prohibido a los acreedores financieros el cobro de recargos, penalidades y/o aumento en tasa de interés o intereses adicionales a los ya acumulados o pactados, por un cliente o deudor acogerse a la moratoria. Sin embargo, nada de lo dispuesto en la pieza legislativa se entenderá “como que prohíbe la acumulación de intereses durante la vida del préstamo sobre el principal adeudado, siempre y cuando las tasas de intereses aplicables hayan sido pactadas en el contrato original y dicha acumulación sea aplicada de conformidad con dichas tasas”.

Suspensión arbitrio automóviles

Con el objetivo de suspender por un periodo de 120 días el arbitrio para automóviles introducidos del exterior o fabricados en Puerto Rico, el Senado aprobó a esos fines la Resolución Conjunta del Senado 534 de la autoría del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz y del senador Héctor Martínez Maldonado. Esta suspensión será aplicable a todo vehículo nuevo o usado importado que se venda durante dicho periodo.

“Esta suspensión en arbitrios tiene un efecto neutro en los recaudos, ya que no se vislumbra que se compren vehículos por algún tiempo luego de que reabra nuestra economía. Al suspender temporeramente los arbitrios establecidos en Ley, le damos un alivio a la industria automotriz para que pueda recuperarse y a su vez mantener la plantilla de empleados, e incentivamos al consumidor que, en momentos de estrechez económica, pueda adquirir un vehículo a un precio menor”, indicaron los senadores en la pieza legislativa. 

El término de 120 días se contará a partir de la fecha en la que la gobernadora autorice la apertura de la industria de la venta de automóviles, tras el cierre de la actividad económica y comercial ordenada por varias Ordenes Ejecutivas. 

Las disposiciones de esta Resolución serán aplicables al inventario de vehículos existentes en Puerto Rico al momento de la declaración de emergencia a raíz de la pandemia del COVID 19, así como el inventario que llegue a la Isla y sea vendido durante el término de la suspensión temporera. Si los arbitrios ya fueron pagados previo a la venta, podrán reclamar un crédito sobre esa cantidad. 

En el 2019 la industria de ventas de automóviles aportó en arbitrios $414 millones que unido a otras contribuciones al Estado asciende a más de $500 millones. 

Todas estas medidas, así como las demás aprobadas hoy, pasan ante la consideración de la Cámara de Representantes. 

El próximo día de Sesión será el próximo lunes, 11 de mayo de 2020; a las 11:00 a.m. 

La Sesión se transmitió por las redes sociales oficiales del Senado así como por la Página de Internet www.senado.pr.gov