Senado enmienda Reglas de Procedimiento Criminal

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Senado enmienda Reglas de Procedimiento Criminal (En torno a proceso de identificación de sospechosos de cometer delitos)

El Capitolio –  El Senado aprobó hoy a viva voz el Proyecto del Senado 1408 de la autoría del senador Ángel “Chayanne” Martínez Santiago que enmienda las Reglas de Procedimiento Criminal para actualizar el proceso de identificación de sospechosos o acusados de delitos.

La pieza legislativa, que está pendiente de la votación electrónica, señala que la identificación “incorrecta” por parte de testigos, “es la mayor causa de convicciones erróneas” en Estados Unidos según datos del “Innocence Project Network”. Dicho estudio señala que el 70 por ciento de las convicciones que han sido revocadas como resultado de una prueba exculpatoria de ADN fueron el producto de una identificación a través de rueda de detenidos o de identificación de fotografías.

En el caso de Puerto Rico, el ordenamiento jurídico dispone en la Regla 252 de las Reglas de Procedimiento Criminal que el procedimiento de identificación de sospechosos, con anterioridad a juicio, mediante el mecanismo de rueda de detenidos o a través del uso de fotografías. Sin embargo, según el autor de la medida, reseñado en el informe, el senador Ángel “Chayanne” Martínez Santiago, no se contempló tomar las garantías necesarias para evitar identificaciones erróneas que podrían conducir a que personas inocentes “sean condenadas injustificadamente”.

Asimismo, estableció que el estado de derecho aplicable en dicha etapa es “flexible, se le ha restado vigor y formalidad, por lo que se arrebatan garantías constitucionales al sospechoso de delito que puede culminar en convicciones erróneas”.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Senado, Henry Neumann Zayas, opinó en el informe positivo que “resulta necesario preguntarnos, el por qué no ofrecer garantías adicionales para evitar identificaciones inexactas de testigos oculares. De esta forma, se presenta un proceso más riguroso y formal, protegiendo las garantías constitucionales”.

“El Estado no puede desligar su responsabilidad constitucional de garantizar el debido proceso de ley y promover un sistema de justicia penal justo, con el pretexto de falta de personal o problemas fiscales. La libertad de una persona no puede en ninguna circunstancia supeditarse a ello”, acotó Neumann Zayas.

Según propuesto por el senador Martínez Santiago, el procedimiento en la rueda de detenidos se llevará a cabo de acuerdo a las siguientes reglas:

(1) El oficial o funcionario encargado de la rueda de detenidos no podrá conocer la identidad del sospechoso o detenido. En los casos en que sea imposible que el oficial o funcionario encargado de la rueda de detenidos desconozca la identidad del sospechoso o detenido porque no hay ningún otro funcionario adecuado para llevar a cabo la misma, el oficial investigador podrá llevar a cabo la rueda de detenidos con extremo cuidado de no comunicar al testigo de forma alguna, verbal o no verbal, la identidad del sospechoso.(2) La rueda de detenidos se llevará a cabo consecutivamente, no simultáneamente. El oficial o funcionario encargado de la rueda de detenidos mostrará al testigo sólo una persona a la vez. Disponiéndose que cada persona será removida de la rueda previo a la entrada de la próxima.

De igual forma, previo al comienzo de la rueda de detenidos, el oficial o funcionario encargado de la rueda deberá advertir e instruir al testigo que se le solicitará ver a un grupo de personas individualmente, que “es igualmente importante” y despejar sospechas sobre o exonerar a personas inocentes que identificar a culpables. También, que las personas podrían no lucir exactamente como lucía el perpetrador en la fecha del incidente, que la persona que cometió el delito podría ser o no ser mostrada durante la rueda y que independientemente de si hace una identificación positiva, la Policía continuará investigando el incidente.

Asimismo, que el procedimiento requiere que el investigador solicite al testigo manifestar, en sus propias palabras, cuán seguro o segura está de cualquier identificación, se mostrará a las personas una a la vez y en orden aleatorio y que el testigo puede tomar todo el tiempo necesario para decidir en cuanto a cada persona antes de que se le muestre la próxima. También, que el testigo deberá identificar a la persona que cometió el delito si está presente entre los integrantes de la rueda las cuales serán presentadas, aunque se haga una identificación. El testigo podrá ver a las personas nuevamente si así lo desea.

anto la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL) como el Proyecto Inocencia de la Escuela de Derecho de la Universidad Interamericana se expresaron a favor de la pieza legislativa.

Por otra parte, la Cámara Alta dio paso al Proyecto del Senado 953, radicado ‘Por Petición’ por el senador Nelson Cruz Santiago, para crear la nueva ley del Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales adscrito a la agencia que lleva dicho nombre.

También, se aprobó el Proyecto del Senado 1397 para enmendar el Código de Seguros de Puerto Rico a los fines de que la evidencia de cubierta y tarjeta de identificación de plan médico sea provisto en el sistema Braille para los suscriptores no videntes, entre otros asuntos. La medida es de la autoría del senador Martínez Maldonado.

Mientras, que con el Proyecto del Senado 1399, presentado por el senador Miguel Romero Lugo, se enmiendan varias leyes para excluir expresamente a la Corporación del Proyecto Enlace del Caño Martín Peña de la aplicación de la Ley 73 de 2019, según enmendada.

Asimismo, se le dio paso al Proyecto del Senado 1509, de la autoría del senador Juan Dalmau Ramírez que establece el Programa de Desarrollo de los Artistas Visuales de Puerto Rico y crea una Junta Asesora.

También se aprobaron varias medidas adicionales a viva voz.