Cuerpo de Vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales

Gobernadora Wanda Vázquez Garced firma ley para reformar el funcionamiento del Cuerpo de Vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales 

(La Fortaleza, San Juan) – La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó el Proyecto del Senado 953 que crea la nueva “Ley del Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales del gobierno de Puerto Rico”.  Esta ley, que deroga la Ley Núm. 1 de junio de 1977, amplía el marco legal del Cuerpo de Vigilantes para dotarlos de facultades adicionales y facilitar la labor de vigilancia, conservación, prevención, investigación y custodia de los recursos naturales y el medio ambiente.

“Como establece la medida del senador Nelson Cruz Santiago, es necesaria la creación de una estructura más eficiente que pueda atender las constantes amenazas ambientales que enfrentamos. Esta ley amplía sus funciones para hacer cumplir la ley y el orden público de carácter ambiental y velar el cumplimiento de leyes como la Ley de Armas, la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, entre otras, de acuerdo a las labores que corresponden al Cuerpo de Vigilantes”, indicó la gobernadora.

Al Cuerpo de Vigilantes, adscrito al DRNA, le compete proteger a las personas y a la propiedad, mantener el orden, la seguridad pública y efectuar arrestos conforme a las Reglas de Procedimiento Criminal de Puerto Rico, obtener órdenes de allanamiento, someter violaciones ante las autoridades judiciales o administrativas pertinentes, inspeccionar permisos otorgados por el DRNA, la Oficina de Gerencia de Permisos y el Departamento de Salud, entre otros.

El proyecto de ley establece: “Los miembros del Cuerpo estarán sujetos a y protegidos por la Ley 8-2017 (Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico). Los empleados regulares, transitorios o de confianza, conservarán todos los derechos adquiridos conforme a las leyes, convenios colectivos, normas y reglamentos que les sean aplicables, así como los privilegios, obligaciones y estatus respecto a cualquier sistema existente de pensión, retiro o fondo de ahorro y préstamo establecidos por ley, a los cuales estuvieren acogidos antes de la aprobación de la medida. Los empleados del DRNA que actualmente tienen derecho a organizarse en sindicatos y a negociar colectivamente de conformidad con la Ley Núm. 45 del 25 de febrero de 1998 (Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico), mantendrán dicho derecho”.