ASUME presenta el borrador para establecer nuevas guías mandatorias de pensión alimentaria
(San Juan P.R.) – La secretaria de la Familia, Ciení Rodríguez Troche, y la administradora de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), Nicole Martínez Martínez, anunciaron este jueves la publicación del borrador para el reglamento que establecerá las nuevas Guías para Fijar y Modificar Pensiones Alimentarias en Puerto Rico.
El documento tiene la finalidad de establecer el procedimiento para calcular las pensiones alimentarias destinadas a los menores y atemperar la cuantía al costo de vida de los padres custodios y no custodio según sus ingresos.
“Este trabajo refleja nuestro compromiso continuo con el bienestar de los menores y las familias. Hago un llamado a todas las partes interesadas, incluyendo especialistas en el tema y ciudadanos, a revisar el borrador y a emitir sus comentarios y sugerencias. Creemos firmemente que esta colaboración enriquecerá el documento final y garantizará su eficacia en la obligación de proveer a los menores de edad seguridad alimentaria”, puntualizó Rodríguez Troche.
Por su parte, la administradora de ASUME dijo que “luego de un gran esfuerzo, que conllevó meses de trabajo y un exhaustivo análisis, el borrador se desarrolló con la colaboración de expertos en derecho familiar y bienestar infantil con el objetivo de garantizar una base sólida y equitativa para el cálculo de las pensiones alimentarias. En ASUME reconocemos la importancia de contar con lineamientos claros y justos que ayuden a asegurar que los menores reciban el apoyo económico necesario en todas las circunstancias”.
En cuanto a la nueva versión del reglamento, las funcionarias presentaron los cambios más significativos:
• La regla de pensiones propuesta, al igual que la regla adoptada en el 2014, divide la pensión en dos partes: la pensión básica, que cubre los gastos básicos de alimentos, transportación, ropa, entretenimiento y utilidades; y la pensión suplementaria, que se usa para determinar la responsabilidad alimentaria respecto a la vivienda, la educación o el cuido de menores y la salud.
• La pensión básica revierte el sistema de proporciones de ingreso a uno basado en el ingreso del padre no custodio exclusivamente, ya que no se considera un solo hogar en el cómputo de pensión, sino el hecho de que el padre no custodio tiene responsabilidad sobre dos hogares o más, con al menos uno de los hogares siendo el del caso.
• Por tal razón, evaluar la responsabilidad alimentaria con base en los ingresos del hogar del caso exclusivamente sobreestima la aportación real que el padre no custodio puede realizar a un menor en caso de que el padre no custodio deba asumir responsabilidad por los menores de sus dos familias.
• Para calcular la pensión básica, solo se requiere a) el ingreso mensual del padre no custodio, y b) la cantidad total de menores sobre los cuales el padre no custodio se hace cargo. Para el cálculo de la pensión suplementaria, por otra parte, también hacen falta los ingresos de la parte custodia (padre custodio) y estimados de gastos actuales en los componentes de la pensión suplementaria, al igual que el reglamento del 2014.
• Se revierte a un sistema híbrido como en el 2006, en el cual la pensión básica es con un modelo de porcentaje de ingreso de la parte no custodia y la pensión suplementaria es con un modelo de proporción de ingresos.
• Se restablece el mecanismo de porcentajes del ingreso para computar pensiones alimentarias; es decir, la tabla de búsqueda es con base en porcentajes y no valores fijos.
• Se incorpora una tabla de reservas de ingreso, la cual se usa para estimar una reserva como porcentaje del ingreso del padre no custodio.
• Se consideran todos los menores del padre no custodio en el cálculo de la pensión alimentaria, independientemente de si se les estará fijando una pensión a los mismos o no.
• Se resta la reserva previo al cómputo de la pensión alimentaria, y se computa la responsabilidad alimentaria con base en el ingreso neto de reserva.
• Se elimina el proceso de prorrateo, ya que se consideran todos los hijos en el cálculo inicial de la pensión alimentaria.
“Estamos sometiendo estos cambios con la finalidad de atemperar las guías mandatorias a la realidad económica existente. Un paso afirmativo y necesario dentro de la nueva política pública federal de la Oficina de Servicios de Sustento de Menores para buscar un mejor desempeño en la obligación de proveer alimentos a los menores impulsado por una maternidad y paternidad responsable”, destacó la jefa de ASUME.
El Comité permanente para la revisión de las Guías Mandatorias está compuesto por la Rama Judicial, ASUME, representación del Colegio de Abogados y Abogadas, un ciudadano no custodio, un ciudadano custodio, representante del Colegio de Trabajadores Sociales, y la socióloga Dra. Lina Torres. La firma Estudios Técnicos, por su parte, estuvo a cargo de la creación de la fórmula para el análisis social y económico.
Para tener acceso al borrador de las Guías Mandatorias y el calendario de vistas públicas visita la página web; asume.pr.gov y para emitir comentarios escriba al correo electrónico; guiasmandatorias@asume.pr.gov.
La ASUME invita a todos los interesados a participar en este proceso crucial para garantizar que las guías mandatorias de pensión alimentaria reflejen las necesidades y preocupaciones de toda la ciudadanía.