
(El Capitolio ) –En aras de proteger al paciente de cobros excesivos y al proveedor de riesgos financieros, la Comisión de Salud -que preside el representante Gabriel Rodríguez Aguiló- atendió hoy una medida que busca establecer los límites en el cobro de tarifas adicionales cuando los seguros médicos no cubran la totalidad del servicio.
La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) favoreció en vista pública el Proyecto de la Cámara 312, que enmienda el Código de Seguros de Salud para disponer que cuando la tarifa de la aseguradora con cobertura individual o familiar de pago directo no incluya todos los costos del servicio, el proveedor podrá cobrar tarifas comerciales razonables (“commercially reasonable rates”) a la aseguradora, según autorizado por la agencia.
La pieza legislativa de la autoría de representante Jorge “Georgie” Navarro Suárez establece que la OCS tendrá un término de 90 días para notificar a los proveedores los límites en las tarifas comerciales que pueden facturar a las aseguradoras en los casos aplicables y las tarifas serán revisadas anualmente.
“Este proyecto traza la ruta para hacer justicia a los profesionales de la salud en Puerto Rico que llevan por años reclamando a los aseguradores de planes médicos privados el pago de una tarifa razonable por sus servicios”, expresó el Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, en un memorial explicativo.
La licenciada Brenda Pérez, asesora legal de la OCS, aseguró que se trata de una legislación beneficiosa para ambas partes, pues la falta de una normativa en la industria de seguros local incide en que los proveedores queden “vulnerables” a recibir una tasa de pago por debajo del costo de lo que realmente cuesta el servicio proporcionado.
A su vez, afirmó que la imposición de tarifas comerciales razonables está directamente relacionado a procurar un mayor acceso de servicios de salud a los pacientes, ya que las condiciones contractuales desfavorables a los proveedores en el sector privado, que no han sido revisadas en años, redundan negativamente en la disponibilidad de atención médica.
Para la OCS, a esta situación se le atribuye uno de los motivos principales para el aumento en el éxodo de médicos de Puerto Rico a los Estados Unidos, así como el detrimento en la situación financiera de las instituciones hospitalarias.
“La medida reconoce estas deficiencias en el sistema actual, que es lo que estamos discutiendo. Permite que los proveedores puedan facturar tarifas adicionales bajo el criterio de tarifas comerciales razonables. No obstante, estas tarifas deberían previamente autorizadas y regulados por el Comisionado”, comentó el representante Navarro Suárez en un turno sobre la medida.
El secretario del Departamento de Salud, Víctor Ramos Otero, también respaldó el proyecto al considerar que, desde la perspectiva de la salud pública, la intención legislativa se alinea con el bienestar de los pacientes.
Sin embargo, un panel compuesto por la industria de seguros médicos rechazó la pieza legislativa en un argumento sobre la violación al principio básico de la contratación entre las partes.
Así lo declaró la directora de Asuntos Gubernamentales de Triple-S, Wildalis Serra, al señalar que la OCS carece del conocimiento y el personal necesario para asumir la autoridad que se le delega de determinar la razonabilidad de las tarifas. La licenciada abundó que la enmienda traería un incremento sin precedente en el volumen de reclamaciones “plagadas de inconsistencias” y trastocaría la operación del procesamiento de dichas solicitudes para los aseguradores.
“Lejos de fomentar y dar certeza al proceso de pago de los servicios prestados por el proveedor, redundará en múltiples controversias al momento de interpretar los códigos correspondientes a los servicios pactados entre asegurador y proveedor”, indicó Serra, quien reconoció que, en su lugar, se podría enmendar el Código de Seguros para ofrecer salvaguardas “más específicas” contra las “tarifas sorpresa”.
En esa línea, la licenciada Yamilca Ortiz, asesora legal del Plan de Salud Menonita, puntualizó que la medida resulta “innecesaria”, pues ya el Código de Seguros ofrece protecciones para los asegurados y existen mecanismos de negociación o revisión que los proveedores pueden ejecutar con la aseguradora.
La deponente apuntó que la regulación vigente, además de prácticas en la industria, también ofrecen diferentes protecciones para que proveedores puedan cobrar por los servicios de salud cubiertos que proporcionan a pacientes de aseguradoras con las que no tienen contratos.
Mientras tanto, la Asociación de Compañías de Seguros (Acodese) opinó que conferir esta responsabilidad adicional al Comisionado de Seguros para involucrarse en un debate sobre las tarifas que se pagan a los proveedores equivale a una intervención incompatible con su función como regulador de los seguros.
La directora de la organización, Iraelia Pernas, recordó en su memorial explicativo que lo que se propone en el proyecto constituye una forma de “balance billing”, una práctica para facturar la diferencia entre lo que cobra un proveedor de servicios de salud y lo que pagó un asegurador.
La licenciada explicó que este método es común fuera de las redes de los planes de salud, pero está ampliamente regulado o prohibido para proveedores dentro del sistema.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Salud, Rodríguez Aguiló, subrayó que la intención del autor es, esencialmente, que “el paciente esté claro a qué se va a enfrentar, no solamente en el procedimiento o el servicio, sino en la parte económica. Ustedes no deben tener objeción con eso, porque sigue siendo dentro del contrato que ustedes tienen, y creo que es justo”.
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