Denis Márquez alerta al país que reglamento para prohibir el depósito de cenizas tóxicas incluye dispensas para empresa carbonera AES
Secretario del DRNA dice que solo aplicaría debido a una causa mayor, pero el documento legal no establece ese requisito
El Capitolio, Puerto Rico – A preguntas del Representante Denis Márquez Lebrón, durante una vista pública celebrada por la Comisión de Recursos Naturales, Asuntos Ambientales y Reciclaje de la Cámara de Representantes, el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Rafael Machargo Maldonado, aceptó que el recién aprobado reglamento para la prohibición del depósito de cenizas de carbón contiene una sección sobre dispensas que podría solicitar la empresa carbonera AES y aplicaría a cualquier prohibición en el reglamento.
Luego de más de un año violando la Ley 5-2020 (que mandató la creación de dicho reglamento), el DRNA aprobó el pasado 10 de mayo el “Reglamento para el Manejo y Uso Comercial Seguro de los Residuos de Combustión de Carbón”.
Ante el planteamiento de Márquez Lebrón de que la empresa AES podría solicitar dispensas de muchas de las actividades que están prohibidas por la ley y el reglamento, Machargo argumentó que tendría que tener una causa mayor para poder ser concedida.
“¿Dónde dice en la parte de dispensas lo de la causa mayor?”, preguntó Márquez.
A lo que el Secretario respondió: “No, eso no está”.
El legislador del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) también cuestionó la duración de las dispensas que podría recibir AES, que según establece el Reglamento, podría durar hasta 2 años.
“¿Cómo puede estar escrito en un Reglamento, señor Secretario, que el periodo será lo más corto posible? O sea que AES podría tener una dispensa, de múltiples acciones que hay ahí, por 3 meses, por 6 meses, por un 1 año y medio, por 1 año y 10 meses”, manifestó Márquez Lebrón.
Machargo insistió en que tiene que haber una fuerza mayor, por ejemplo, que debido a un huracán las embarcaciones no pudieran llegar a Puerto Rico.
“En la definición de causa mayor, y en las definiciones del reglamento, y en la Regla 35, ¿todo eso está debidamente clarificado?”, volvió a insistir Márquez.
“Eso tendríamos que cotejarlo”, contestó parcamente Machargo.
Para el representante del PIP es inconcebible que luego de más de un año para aprobar el reglamento, el DRNA tenga que cotejar todavía este asunto de las dispensas.
“La propia comunidad solicitó, durante las vistas públicas del reglamento, la eliminación de estas dispensas. Tras el nefasto historial que tiene la empresa AES en nuestro país, no podemos estar dándole oportunidades para que continúen contaminando y envenenado la salud de nuestra gente. Seguiremos luchando con las comunidades para sacar esta empresa criminal de Puerto Rico”, expresó.