Denuncian Municipio de Luquillo pretende obstruir proceso de votación en la primarias

Denuncian Municipio de Luquillo pretende obstruir proceso de votación en la primarias

Esto luego que denegara solicitud de CEE para hacer centros de votación del PNP en canchas

LUQUILLO – Como un acto de violación a los derechos de los electores, así catalogó hoy el candidato a la alcaldía de Luquillo por el Partido Nuevo Progresista (PNP), Luis Rodríguez Díaz, la acción del Municipio de Luquillo de denegar la solicitud de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) para utilizar canchas como centros de votación en lugares que no cuentan con escuelas.

Para estas primarias cada partido solicitó previamente a través de la CEE los centros de votación alternos en los sectores donde se cerraron escuelas que servían como colegios para una elección.

La denegación a la solicitud para la utilización de las canchas de los barrios Pitahaya y Fortuna en el caso de la Primaria PNP se dió ayer en la tarde a solo días de llevarse a cabo las Primarias y en violación a la Ley Electoral que dispone un término de 10 días luego de recibir la misma. Dicha solicitud se envió al municipio el 1 de julio de 2020.

Ante este hecho, la comisionada electoral del PNP María “Lolin” Santiago Rodríguez y el comisionado local del partido, Jan Febo Cabrera presentaron querellas ante la Comisión de Primarias y ante la Comisión Local de Luquillo respectivamente.

“La Comisión de Primarias tiene que ordenar al Alcalde a proveer el centro de votación, y la Comisión Local a ejercitar la orden. Si el Municipio de Luquillo no provee los centros de votación como requiere la ley, el Presidente de la Comisión Local tiene el deber de ordenar que se radiquen cargos y se abran centro de votación con la Policía de Puerto Rico. El sábado, 8 de agosto de 2020; la Comisión Local tiene que ordenar a la Policía a alojar los Centros de Votación en Luquillo para la Primaria”, establece el escrito sometido al presidente de la CEE, Juan Dávila Rivera y a la Comisión de Primarias.

La Administración Municipal de Luquillo denegó la solicitud de establecer estos centros de votación alegando que debido a una orden ejecutiva municipal que establece el cierre de las instalaciones deportivas por la pandemia del COVID19. 

Sin embargo, el candidato a alcalde por el PNP sostuvo que ante la realidad de la pandemia, las canchas son el lugar más seguro donde los electores pueden acudir debido a que son lugares abiertos donde se puede mantener el distanciamiento físico con mayor seguridad para los ciudadanos. 

“Es inaceptable semejante excusa del municipio. Ellos prefieren que los electores vayan a un salón de escuela que es un lugar cerrado con más exposición al Covid fuera de su comunidad, en lugar de un espacio abierto como las canchas. Las instalaciones deportivas se cerraron temporalmente solo con el propósito de evitar eventos deportivos que promuevan la aglomeración de personas, contrario a una elección donde las personas no permanecen aglomeradas. Esto es un acto de mala fe por parte del municipio hacia los electores de Pitahaya y Fortuna; y un menosprecio a su derecho al voto”, puntualizó Rodríguez Díaz.

Asimismo, describió como una estrategia del incumbente alcalde de denegar la solicitud de otras dos canchas para el PPD, ya que en esos otros dos barrios existen lugares de votación alternos, lo que no ocurre en los solicitados para la primaria del PNP. 

“Nuestra intención es que el elector tenga su centro de votación en su propia comunidad y que no tenga que acudir a un lugar distante a ejercer su derecho al voto. Más aun cuando en su misma comunidad hay instalaciones públicas administradas por el municipio que pueden servir como centros de votación. La CEE no puede permitir que se denieguen facilidades de votación a solo 3 días de un evento electoral”, expresó Rodríguez Díaz.

Añadió que el resultado de cambios a última hora será que los electores no sabrán qué hacer, ni dónde votar.

La ley 58-2020 aclara que los funcionarios de gobierno no tienen discreción y tienen la obligación de ceder las facilidades para ser centros de votación. De igual manera requiere que los centros de votación fueran escogidos a 100 días de una votación como medida de dar estabilidad y mantener al elector informado de dónde va a votar.