En respuesta a la Resolución de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos sobre la Ley Núm. 22-2012, según enmendada (Ley 22), el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (DDEC), aclara el funcionamiento y los beneficios de esta legislación. 

DDEC

La Resolución presentada ayer durante una conferencia de prensa por las congresistas Nydia Velázquez y Alexandria Ocasio, refleja un entendimiento limitado del programa, pues obvia el hecho de que desde el 31 de diciembre de 2019 no se aceptan nuevas solicitudes bajo la Ley 22. Los decretos otorgados constituyen contratos vinculantes protegidos por la Constitución de Puerto Rico y los Estados Unidos, por lo tanto, derogar o limitar la ley, como parece sugerir la Resolución, no afecta la validez de tales decretos.

La Resolución también contiene inexactitudes sobre los beneficios y requisitos contributivos de la Ley 22. Por ejemplo, la ley no otorga una exención total “sobre todos los ingresos” sino que aplica únicamente a ingresos provenientes de dividendos, intereses y ganancias de capital de valores. Además, los requisitos mencionados en la Resolución, como la compra de propiedad residencial y las donaciones anuales de $10,000, pertenecen al programa de Individuo Residente Inversionista bajo la Ley 60-2019, no a la Ley 22.

Sobre la percepción de que la Ley 22 ha contribuido a la saturación del mercado de vivienda y al aumento de los precios, los datos no respaldan esta posición. Actualmente, los beneficiarios de la ley, que solo son 2,660 personas en una población de 3.2 millones, poseen aproximadamente 4,800 propiedades residenciales, lo que representa el 0.3% del total de 1.6 millones de propiedades residenciales en Puerto Rico. El aumento en los valores de la vivienda y la renta en la Isla forman parte de una tendencia global impulsada por factores como el incremento en los costos de construcción, la escasez de inventario y mano de obra, y las bajas tasas de interés que incentivaron la demanda. En Estados Unidos, el valor promedio de las viviendas ha aumentado de $327,000 en 2020 a $420,000 en la actualidad.

Con relación a las alegaciones sobre desplazamiento y gentrificación, cabe señalar que, según la definición de la Organización de las Naciones Unidas, el desplazamiento implica el movimiento forzado o involuntario de personas fuera de sus hogares debido a conflictos, violencia, desastres naturales o violaciones de derechos humanos. Estos actos no ocurren en Puerto Rico como resultado de la Ley 22. Lo que sucede en la Isla son transacciones legales y voluntarias, reconocidas por nuestro ordenamiento jurídico, donde propietarios deciden vender sus propiedades a terceros.

Respecto a la pérdida fiscal estimada para el gobierno federal de $111,595,622 anuales, según informe del Congreso atribuida a la reubicación de beneficiarios de la Ley 22 en Puerto Rico, esta cantidad constituye una fracción mínima en comparación con los $4.5 billones ($4.5 trillones en inglés) que recauda el IRS anualmente. Esto equivale a menos del 0.003% de los ingresos fiscales totales, lo que indica que el impacto en el presupuesto federal y los programas sociales, conforme data del propio Congreso es marginal.

Por otra parte, las afirmaciones de que la Ley 22 generará una pérdida estimada de $4.5 mil millones en ingresos para Puerto Rico entre 2020 y 2026 es imprecisa y simplista. El cálculo proviene del Reporte de Gastos Tributarios del Departamento de Hacienda, que asume que los ingresos fiscales se mantendrían constantes sin los incentivos. Sin embargo, tal informe de Hacienda incluso advierte que la eliminación de estos incentivos podría provocar un impacto negativo en la economía, al hacer que inversiones y operaciones se desplacen a otras jurisdicciones con políticas fiscales más competitivas. Por lo tanto, no es correcto presentar la Ley 22 como una pérdida para el erario público cuando, en realidad, ha sido un motor para el crecimiento económico y la creación de empleos en Puerto Rico.

Relacionado a ello, el 21 de mayo de 2024, el DDEC publicó un informe en el que se evaluó el impacto de diversos incentivos en Puerto Rico. El análisis demostró que la Ley 22 es el tercer programa con el mayor retorno de inversión para Puerto Rico, superado únicamente por los sectores de exportación y manufactura. En 2022, los beneficiarios de la Ley 22 aportaron un total de $143.9 millones en contribuciones sobre ingreso, con un promedio de $54,116 por persona, lo que representa un 59% más que el salario promedio en la Isla, que es de $34,000. Además, generaron 8,266 empleos directos, de los cuales el 70% se concentró en el sector de exportación, donde el salario promedio es de $47,000, lo que demuestra un impacto positivo en la generación de empleos mejor remunerados. 

También se crearon 19,304 empleos indirectos, contribuyendo de manera significativa al desarrollo económico de Puerto Rico. Los beneficiarios también realizaron donaciones anuales que superan los $10 millones en promedio a entidades sin fines de lucro en la Isla.

En este contexto, el DDEC reafirma su compromiso con el desarrollo económico sostenible de Puerto Rico y la transparencia en la administración de los incentivos. Dado el impacto positivo demostrado por la Ley 22 en la creación de empleos, la recaudación contributiva y el apoyo a entidades sin fines de lucro, es fundamental que las discusiones sobre el impacto de estos programas se basen en evidencia concreta y datos objetivos. Solo así se podrá promover un diálogo informado y equilibrado, en beneficio de los mejores intereses de Puerto Rico.