Expresiones autorizadas Sr. José Ayala

Sr. José Tirado,

A la luz de los recientes comentarios emitidos por el Sr. José Tirado, presidente del Sindicato  de Bomberos Unidos de Puerto Rico, y el Secretario del Departamento de Seguridad Pública,  Alexis Torres, me veo en la obligación de responder a las expresiones que han sido dirigidas  hacia mi persona y hacia los compañeros que hemos alzado la voz en favor de un proceso  de ascenso más justo y transparente en el Negociado del Cuerpo de Bomberos. 

Respuesta al Secretario Alexis Torres 

El Secretario Alexis Torres ha señalado que el Proyecto de la Cámara 2185 es ‘restrictivo’,  haciendo referencia específica a la cláusula que prohíbe ascender a quienes han enfrentado  medidas disciplinarias o han sido culpables de faltas éticas y delitos relacionados con  corrupción. Sin embargo, omite mencionar que esta regla siempre ha existido, hasta que  fue modificada recientemente para permitir el ascenso de Iván Moreno que se declaró culpable por faltas éticas. En este caso, se eliminó tal impedimento para para facilitar dicho  ascenso, lo cual resulta alarmante. 

“El Proyecto de la Cámara 2185, lo restrictivo que pueda tener la medida no opera en el  vacío, sino que responde a las múltiples irregularidades reveladas durante las vistas públicas  que se llevaron a cabo en la atención de la Resolución de la Cámara 1125.” de la cual ya  existe un informe parcial rendido, al parecer, el Secretario del DSP, no ha tenido la  oportunidad de enterarse de las serias anomalías que han salido a la luz pública, ya que no  ha asistido a dichas vistas. La enmienda que promueve el Proyecto del Senado 1434, el cuál  él si recomienda, es simplemente una carta en blanco para perpetuar las mismas  irregularidades que se han dado a conocer en las vistas públicas, sin ningún tipo de  salvaguarda. 

Excluyéndose a las vez de las disposiciones de la Ley 8-2017  

Respuesta al Sindicato de Bomberos 

El Sr. Tirado menciona que nosotros fuimos ascendidos bajo los mismos mecanismos que  ahora criticamos, pero en nuestro caso, el proceso no violó el debido proceso de ley, como 

ocurrió en estos últimos ascensos. Hemos observado unas violaciones del reglamento sin  precedentes. En esta última convocatoria de ascensos, no se notificaron las puntuaciones  obtenidas a todos los candidatos, tampoco se citó a entrevistas a todos los aspirantes, y en  algunos rangos, en medio del proceso de convocatoria, se decidió unilateralmente no  proceder con las entrevistas. En lugar de eso, se seleccionaron candidatos basándose  únicamente en evaluaciones de expedientes, un procedimiento que nunca había sido  utilizado y que no cumple ni siquiera con la normativa interna de ascensos especiales, la  cual requiere recomendaciones de supervisores para ser considerada. 

Dado el nivel de irregularidades observado, es claro que son necesarias medidas drásticas  para garantizar que esto no vuelva a ocurrir. Si bien el Secretario del DSP argumenta que no  hay otras agencias con medidas tan estrictas, es importante recordar que la Policía de  Puerto Rico, que está bajo el mismo DSP, tiene una sindicatura federal para asegurar que  sus procesos internos, incluyendo los de selección y nombramiento, se realicen de manera  justa y transparente. En ese caso, no hemos escuchado al Secretario Torres afirmar que  dicho control externo es “restrictivo” o “discriminatorio”.  

El objetivo de esta legislación es precisamente asegurar la transparencia y pulcritud en los  procesos de ascenso, sin tener que llegar al extremo de requerir un síndico para lograrlo.  Creemos que el Proyecto 2185 cumple con ese propósito y será suficiente para corregir el  sistema actual. 

Sobre la justicia salarial mencionada por el Sindicato, el Sr. Tirado hace referencia a la  justicia salarial, del Proyecto del Senado 1434, pero lo cierto es que no hay nada en la  enmienda propuesta en el Proyecto del Senado, que promueva una solución real a esta  problemática. La enmienda que propone no hace más que otorgar mayor discrecionalidad  al DSP, permitiéndole continuar manipulando el proceso, en violación al principio del mérito  que debe imperar en todo proceso de nombramiento y selección en el servicio público.