RE: REGLAMENTO CONJUNTO 2020
Recientemente, el Tribunal Supremo dio por terminada la controversia sobre dos casos relacionados a la validez del Reglamento Conjunto 2020, llevados ante su consideración por la Junta de Planificación. No obstante, es de extrema importancia destacar que el Tribunal Supremo todavía tiene ante su consideración una controversia jurisdiccional que atenderá en los méritos, la cual fue presentada por OGPe. La adjudicación de dicha controversia sería para todos los efectos jurídicos, la decisión final del caso y, por ende, la que sostendría la nulidad del Reglamento Conjunto, o, por el contrario, la que declararía que las recientes decisiones del Tribunal de Apelaciones, no se sostenían en derecho.
Consecuentemente, para todo fin legal, corresponde continuar la evaluación y adjudicación de los trámites presentados en OGPe, utilizando el Reglamento Conjunto en su versión de 2020, hasta tanto el Tribunal Supremo adjudique el asunto jurisdiccional pendiente. Se trata de darle deferencia a la Rama Judicial y permitir la culminación de todo trámite judicial relacionado a este asunto, en beneficio de todos los sectores económicos y la ciudadanía en general. Esto es consistente con la Resolución que la Junta de Planificación emitió recientemente aclarando que toda solicitud se seguiría evaluando bajo el Reglamento Conjunto del 2020.