El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 731 que enmienda la Ley 99-2009, para que se conozca como la “Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica” y se le provea a la víctima una aplicación de detección electrónica del agresor que opere a través del Sistema de Posicionamiento Global (conocido por sus siglas en inglés como GPS), o cualquier otra tecnología que cumpla con estos fines para ser usada en teléfonos, relojes inteligentes, o cualquier otro aparato tecnológico similar, dentro de la distancia dispuesta por la orden del tribunal. Estos aditamentos permiten que la víctima, notifique a los agentes del orden público, cuando su vida o su seguridad puedan estar en peligro, ante la cercanía del sujeto que posee el grillete electrónico y contra quien se tiene una orden de protección vigente.
Además, firmó el Proyecto de la Cámara 713 que enmienda la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” a los fines de autorizar que en la misma vista celebrada al amparo de la Regla 6 de Procedimiento Criminal, se expida una orden de protección cuya vigencia no será menor de un año en los casos de reincidencia y seis meses en los primeros casos, y que en ambas instancias podrá ser extendida a discreción del tribunal y con la anuencia de la víctima.
Igualmente, el primer ejecutivo estampó su firma en el Proyecto de la Cámara 792, cuyo propósito es viabilizar que organizaciones sin fines de lucro, dedicadas a la defensa de los derechos de las mujeres, puedan, bajo la reglamentación aprobada por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), tener la facultad legal de certificar a las intercesoras e intercesores legales que asisten a las víctimas de violencia doméstica durante los procedimientos judiciales instados al amparo de la Ley 54.
El gobernador también firmó el Proyecto de la Cámara 245 que enmienda la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, con el propósito de autorizar a la División de Interpol del Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), a establecer alianzas (task force) con otros Negociados del Departamento y con otras agencias públicas, estatales, federales e internacionales, dirigidas a desarrollar estrategias para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
De otra parte, con la firma del Proyecto de la Cámara 452, se crea el Código Militar de Puerto Rico del siglo XXI, con el fin de equiparar a la Guardia Nacional de Puerto Rico con las demás jurisdicciones de los estados y territorios que componen Estados Unidos. El nuevo Código Militar crea en el ámbito local una serie de protecciones similares a las provistas por las leyes federales de protección de empleo y reempleo, así como otras protecciones relacionadas con las activaciones al servicio militar y añade protecciones a aquellos ciudadanos-soldados que estén prestando servicio militar activo. Del mismo modo, reorganiza las Fuerzas Militares de Puerto Rico de conformidad con la doctrina militar vigente;se agrupan las denominadas Fuerzas Militares de Puerto Rico, las cuales están compuestas por la Guardia Nacional de Puerto Rico, tanto en su componente terrestre como aéreo, y el Comando Estatal de la Guardia Nacional de Puerto Rico, Puerto Rico State Guard.
Por otro lado, establece que, para los funcionarios y empleados del Gobierno, se aumenta de 30 a 45 días al año la licencia militar para ausentarse de sus respectivos cargos sin pérdida de paga y aumenta las penalidades en contra de lo patronos que amenacen o impidan el empleo a miembros de la Guardia Nacional o las Fuerzas Militares de Puerto Rico. Igualmente, otorga derechos y beneficios a los miembros activos de la Guardia Nacional o Fuerza Militar mientras se encuentren en servicio militar activo a nivel estatal por una Orden Ejecutiva del Gobernador y por un periodo mayor a 30 días.
El gobernador también firmó el Proyecto del Senado 1197 que otorga inmunidad a los estudiantes, médicos residentes, médicos en programa de internados y en adiestramiento postgraduado en instituciones médico-hospitalarias públicas y privadas mientras realizan sus residencias o prácticas. La nueva ley fue endosada por el Departamento de Salud, el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico (UPR), la Oficina del Comisionado de Seguros y el Centro de Diabetes para Puerto Rico. La firma de esta Ley busca detener el éxodo de médicos y procura retener los profesionales de la salud que estudian en la Isla. Además, garantiza la existencia de suficientes talleres de enseñanza para aumentar los programas de educación médica.
Asimismo, el primer ejecutivo dio paso al Proyecto de la Cámara 694 que enmienda la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico” para regular los métodos, procedimientos e instrumentos científicos utilizados para la toma y análisis de muestras de sangre, orina o cualquier otra sustancia del cuerpo para la determinación de concentración de alcohol, incluyendo la prueba inicial de aliento y la detección e identificación de sustancias controladas en los operadores de embarcaciones. Con este propósito, el Departamento de Salud, en coordinación y consulta con el Instituto de Ciencias Forenses, regulará los métodos, procedimientos e instrumentos científicos para la administración de estas pruebas.
También firmó el Proyecto de la Cámara 967, que enmienda la citada ley de Seguridad Pública, a los fines de agrupar y consolidar dentro de dicha Ley, todas las disposiciones relativas a reglamentar y a expedir licencias para autorizar y calificar a los dueños, operadores y entrenadores que operan negocios dirigidos a la venta, alquiler o entrenamiento de perros guardianes dedicados a la protección de propiedades industriales, comerciales y residenciales, con el propósito de facilitar y simplificar su aplicación.
Por otro lado, con la firma del Proyecto de la Cámara 1108, se declara como política pública de Gobierno de Puerto Rico proteger el cuidado informal y al cuidador informal como una parte importante dentro del cuidado prolongado, así como un grupo de interés dentro del sistema de salud. El reconocimiento del cuidado informal implica el análisis y evaluación continua de esta práctica considerando todos los factores que les afectan.
Lo que era el Proyecto de la Cámara 110, firmado por el primer ejecutivo, enmienda la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo para que la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) otorgue una tasa de reducción fija para primas de seguros de obreros de un cinco por ciento adicional. Esto aplicará, como bonificación especial para patronos del sector privado que, durante los dos años previos a la revisión, no hayan sido objeto de reclamaciones de accidentes o enfermedad ocupacional. La firma de este Proyecto se une al alivio que recientemente el gobernador y el administrador de la CFSE, Jesús Rodríguez Rosa, anunciaron, de un 50 por ciento en el costo de las primas anuales por los próximos dos años fiscales para Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs).
Con el fin de ayudar a promover la productividad, estimular la inversión y provocar el inicio de un proceso de revitalización, modernización y diversificación de la agricultura, el gobernador firmó del Proyecto de la Cámara 253, que enmienda la “Ley para el Uso de la Marca Del País”, con el propósito de facultar al Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico (FIDA) a desarrollar la referida marca, promocionarla y mercadearla local, nacional e internacionalmente. Con la firma del Proyecto de la Cámara 1580, se realiza una enmienda técnica a la Ley 67-2022, para clarificar la descripción registral de todos los terrenos donados con condiciones resolutorias a la entidad “Ciudad Deportiva Roberto Clemente Inc.”
Por último, Pierluisi también firmó dos Resoluciones Conjuntas. La primera es la Resolución Conjunta de la Cámara 357 que designa con el nombre de Modesto Castro Dávila la carretera PR-9921 del municipio de Las Piedras y la segunda es la Resolución Conjunta de la Cámara 359 que designa la carretera PR-917, que transcurre por dicho municipio con el nombre de la educadora Zoraida Meléndez Figueroa, como reconocimiento a y dedicación y trabajo arduo en el servicio público desde distintas facetas.