Gobernador Pierluisi convierte en ley varias medidas 

El gobernador de Puerto Rico, Pedro R. Pierluisi, convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 722 que enmienda la “Carta de los Derechos del Niño” para crear la “Guía de Servicios para la Niñez”. Dicho documento incluirá toda la información de los programas, servicios y ayudas que ofrecen las distintas agencias gubernamentales que sirven a la niñez, desde su nacimiento hasta los 21 años. 

La “Guía de Servicios para la Niñez” deberá ser, exclusivamente, de información acerca de los programas, servicios y ayudas para la niñez que se ofrecen en los departamentos, agencias y demás entidades gubernamentales, incluyendo a los municipios, en entidades de base comunitaria y corporaciones o entidades privadas con o sin fines de lucro. Dicho documento Guía contemplará aspectos de educación, recreación, salud y de prevención de maltrato, negligencia y explotación, entre otros. El Departamento de la Familia coordinará todos los aspectos de dicha guía y proveerá la información a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), para la creación, desarrollo, mantenimiento, divulgación y actualización de la plataforma para la guía, que servirá como una iniciativa cónsona con la política pública gubernamental de lograr el máximo desarrollo y bienestar de toda nuestra niñez. 

Una vez confeccionada la guía, será revisada para su actualización, cada dos años, a fin de modificarla y atemperarla a la realidad de los servicios y ayudas que se estén brindando a la niñez. 

Igualmente, el primer ejecutivo convirtió en ley el Proyecto del Senado 1033 que autoriza a la Junta Examinadora de Médicos Podiatras a otorgar una licencia temporera de un año a estos médicos especializados que formen parte de un programa de postgrado o “fellowship” en la Isla y que estén bajo la supervisión de médicos podiatras con licencia permanente y vigente. De esta manera, podrán ejercer la profesión con las facultades dispuestas en ley. La licencia podrá renovarse anualmente mientras los podiatras estén matriculados en programas de residencia de postgrado y trabajen en los lugares en los que ejercen la medicina.   

A su vez, deberán haber completado los National Boards I, II y III y poseer una póliza de seguro de impericia médica profesional personal o que el médico podiatra al cual se le expida dicha licencia temporera sea incluido en la cobertura de la póliza de seguro de impericia médico profesional del programa de residencia de postgrado.  La nueva ley, que entra en vigor de manera inmediata, fue endosada por la propia Junta y el Departamento de Salud. 

El primer ejecutivo también firmó el Proyecto de la Cámara 1823 que eleva a rango de ley la designación de la Reserva Natural Mar Chiquita en la zona costera del norte de Puerto Rico, en Manatí y ordena a la Junta de Planificación realizar un trámite expedito para cumplir con las disposiciones de la medida, salvaguardando el debido proceso de ley.  Con relación al Manejo de la Reserva, la medida dispone que el Departamento de Recursos Naturales iniciará inmediatamente, en el proceso de establecimiento de la Reserva, las gestiones para definir e implementar los planes para su manejo, tomando en consideración que todo este proceso cuente con participación activa del municipio, la comunidad y entidades u organizaciones no gubernamentales o comunitarias del área.   

Del mismo modo, ordena a la Junta de Planificación realizar un trámite expedito para cumplir con las disposiciones de la medida, salvaguardando el debido proceso de ley.  En la medida se establece que en un término no mayor de sesenta (60) días a partir de la vigencia de la Ley, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y la Junta de Planificación deben incluir el deslinde del área exacta a ser protegida en los estudios y trámites correspondientes para el establecimiento de la reserva. 

Del mismo modo, el primer ejecutivo firmó la Resolución Conjunta de la Cámara 237 que ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado, al Municipio de Guayama de las instalaciones de la Escuela Anselmo Vázquez De Jesús, con el fin de desarrollar un Centro de Servicios Comunitarios Municipal.