(San Juan, PR) – El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) emitió una Resolución y Orden referente a los Tramos 1,2,3 y 4 del Portafolio de Energía que forman parte del Plan Integrado de Recursos sobre la base de los precios de la energía renovable y los recursos de almacenamiento de energía recibidos, informó el presidente Edison Avilés-Deliz.
A tenor con las disposiciones de la Ley 57 de 2014 el NEPR ordenó una investigación en abril de 2023, sobre los retrasos asociados al Tramo 1 de proyectos de energía renovable y almacenamiento los cuales podrían incidir en las metas a corto, mediano y largo plazo conocida como la Cartera de Energía Renovable. Sobre esto, el ente designó al Lcdo. Gerardo Flores para que realizara una investigación abarcadora de todos los procesos relacionados al Tramo 1.
Posteriormente, el 11 de octubre de 2024, el Oficial Examinador presentó un Primer Informe Parcial, mediante el cual expresó los hallazgos, conclusiones y recomendaciones luego de obtener información de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), LUMA y proponentes del Tramo 1 al realizar esta investigación.
De acuerdo con las disposiciones de la Sección 15.08 del Reglamento 8543, se ordenó que la AEE y LUMA podrán presentar por escrito, en un término de 20 días, cualquier planteamiento, objeción o comentario debidamente fundamentado con relación al presente Primer Informe Parcial.
En cuanto al Tramo 2, el NEPR aprobó tres proyectos de energía renovable, incluyendo dos proyectos de energía fotovoltaica y un proyecto de almacenamiento de energía mediante baterías.
Sobre la base de los precios de la energía renovable y los recursos de almacenamiento de energía recibidos en las primeras etapas de la Solicitud de Propuesta (RFP) del Tramo 3, el Negociado de Energía concluyó que no es de interés público invertir más tiempo, dinero y recursos en la realización de estudios para proyectos que generarán costos irrazonablemente altos. Por lo tanto, en el mejor interés de los consumidores, recomendó rechazar todas las propuestas y terminar el RFP del Tramo 3.
Asimismo, en la referida resolución, se ordenó la apertura del Tramo 4, y autorizó al coordinador independiente, Acción Group, a llevar a cabo la cuarta de seis solicitudes de propuestas para nuevos recursos de energía renovable y almacenamiento de energía. Al hacerlo, Acción Group implementará nuevas estrategias dentro del proceso de RFP para garantizar un cronograma más acelerado, facilitando la implementación más rápida posible de los proyectos aprobados.
Además, se priorizará la obtención de precios justos y razonables para promover tanto la eficiencia de costos como el rápido avance de las metas de energía renovable de Puerto Rico.
El Negociado de Energía autorizó además realizar la cuarta de las seis solicitudes de propuestas para nuevas energías renovables y recursos de almacenamiento de energía. Al hacerlo, se implementarán nuevas estrategias dentro del proceso de RFP para garantizar un plazo más acelerado, facilitando la implementación más rápida posible de los proyectos aprobados.
Además, se priorizará la obtención de precios justos y razonables para promover tanto la rentabilidad como el rápido avance de los objetivos de energía renovable de Puerto Rico.