Portavoz PIP en el Senado presenta medida para imponer responsabilidad a seguros de salud que nieguen servicios sin criterio clínico
Capitolio; 23 septiembre 2021 – María de Lourdes Santiago, Portavoz del Partido Independentista Puertorriqueño, radicó el Proyecto del Senado 606 para imponer responsabilidad legal a las aseguradoras de salud por el daño que causen sus determinaciones de negar servicios médicos — estudios, tratamientos, cirugías o terapia- sin que medie un criterio clínico para esa negativa.
La legisladora pipiola señaló que se ha convertido en una práctica extendida el que las aseguradoras de salud, respondiendo únicamente a su conveniencia económica, rehúsen autorizar ciertos servicios, recayendo dicha determinación en personal administrativo no capacitado para tomar determinaciones médicas. Así, prevalece el criterio de una oficinista a sueldo de la aseguradora sobre el juicio clínico de la especialista en medicina que recetó el medicamento o recomendó el procedimiento.
“La política pública del Estado señala que la salud es un asunto de naturaleza ética, de justicia social y de derechos humanos, sin embargo, por ser nuestro sistema de salud un calco del concepto mercantilista de la salud prevaleciente en Estados Unidos, el reconocimiento y administración de ese derecho fundamental se ha depositado en manos del mercado.”, apuntó la Senadora Santiago.
La también vicepresidenta del PIP explicó que “este modelo obra en contra de los mejores intereses del Pueblo pues, con frecuencia, los seguros de salud modifican unilateralmente sus pólizas, cubiertas y precios en atención a criterios de costo-beneficio independientemente de las necesidades de la población a la que deben servir. Ese costo lo termina asumiendo la población asalariada, porque las aportaciones de los patronos para el seguro médico rara vez aumentan. Peor aún, estas empresas de la salud han usurpado, en lo que es una práctica inhumana y antiética, el criterio clínico, basando su determinación de dar o negar un servicio en cuánto ganan o pierden, y no en el sufrimiento humano. Aun cuando tengan que enfrentar querellas ante organismos como la Oficina de la Procuradora del Paciente, responden al cálculo frío de comparar la cantidad que tendrían que pagar de multa versus lo que se ahorran negando un medicamento o un procedimiento del que depende la vida o la salud de un ser humano. Por eso importante crear una causa de acción civil en daños”.
La Senadora destacó que los tribunales han determinado en innumerables ocasiones que los médicos e instituciones de salud deben proveer los servicios que, reconociendo los avances de la medicina, alcance el nivel o calidad generalmente reconocida por la profesión médica. La medida radicada busca enmendar el Código Civil para someter a las aseguradoras a ese mismo estándar. “Cuando consideramos que hoy prolifera entre las aseguradoras la práctica de realizar determinaciones de naturaleza médica que inciden sobre el acceso a los servicios de salud, con su potencial inherente de generar daños es imperativo que tomemos medidas para que respondan en el ámbito de la responsabilidad civil según el estándar de excelencia requerido a otras instituciones que intervienen con la salud”, señaló Santiago Negrón.