Que ultimó a enmascaradoen medio de asalto fue uno de “Legítima Defensa”
(Trujillo Alto) – Ariel Torres Meléndez, presidente de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencias de Armas de Puerto Rico (CODEPOLA), aseguró que el caso del oficial correccional que ultimó al presunto asaltante en medio de un robo ocurrido en la madrugada del sábado en Hato Rey fue uno de legítima defensa.
“El individuo realizó disparos primero y puso en riesgo su vida, por lo que el oficial correccional Emanuel Tirado se vio obligado a utilizar su arma de reglamento para repeler la agresión”, explicó Torres Meléndez.
Aunque están en la etapa preliminar de la investigación, el presidente de CODEPOLA dijo sentirse tranquilo y confiado en se hará justicia “porque ciertamente, la apreciación que tuvo, tanto la Policía como la Fiscalía, es que fue un caso de legítima defensa. Los dos sicarios se acercaron al vehículo de los hijos de nuestro representado con la intención clara de asaltarlos. Cuando nuestro representado sale de su residencia, uno de los sicarios le apunta con el arma de fuego y hay un intercambio de disparos, en el cual resultó muerto el asaltante en la escena”.
A su vez, hizo un llamado a la prudencia a la hora de hablar sobre este tipo de casos, ya que utilizar vocabulario “incendiario” conduce a error a la ciudadanía. “Es importante entender la diferencia entre un asesino y un ciudadano que ejerce legítima defensa, sin importar si la persona imputada es un oficial de ley y orden o un ciudadano común, tienen derecho a defender su vida”, dijo.
El Artículo 25–Legítima Defensa del Código Penal de Puerto Rico especifica que “no incurre en responsabilidad penal quien defiende su persona, su morada, sus bienes o derecho, o la de terceras personas, cuando pueda creer razonablemente que está en peligro de sufrir un daño inminente, siempre que haya necesidad racional del medio empleado para impedir el daño”.
Torres Meléndez destacó que “no es lo mismo trabajar una escena, donde con intención y alevosía, una persona que legítimamente tenga licencia de armas le prive la vida a otra vs un individuo que legítimamente tiene licencia de armas y se está defendiendo él o a los suyos, de un agresor. En el primer caso sí podemos decir que asesinó, que abusó, porque estamos diciendo lo correcto, que una persona utilizó indebidamente su derecho fundamental y debe enfrentar la justicia. Sin embargo, cuando una persona se defiende, no se debe llevar un mensaje incorrecto que provoque injusticias contra un ciudadano de bien”.
El presidente de CODEPOLA recordó incidentes anteriores como el sonado caso ocurrido en Carolina en el 2022, donde se observa a Carlos Misael Clemente con un bate en la mano y a Juan Meléndez Suárez dispararle para defenderse, pero fue incriminado como delincuente en todos los medios hasta que se hizo justicia y fue declarado no culpable en el tribunal.
“De la misma forma nos hemos expresado en el caso del enfermero Eduardo Meléndez, acusado de asesinar al biólogo Robert Viqueira durante un altercado entre vecinos ocurrido en julio de 2025, donde estamos seguros de que el enfermero se defendió y saldrá airoso de ese lamentable incidente”, comentó Torres Meléndez.
En el caso del oficial correccional Tirado, dijo sentirse complacido con la rápida respuesta de la Policía de Puerto Rico y el trabajo realizado por la Fiscalía de San Juan.
“Es un hecho lamentable el incidente ocurrido con sus hijos cuando llegaron al hogar. Por parte de CODEPOLA, estuvimos atendiendo este caso desde tempranas horas de la madrugada en la casa de nuestro socio, a quien le hemos dado, tanto el apoyo legal como psicológico para él y su familia”, informó Torres Meléndez.
Exhortó a la ciudadanía a que, en la medida que puedan, evalúen la situación en Puerto Rico en cuanto a la incidencia criminal y que nadie está exento de que puedan enfrentar situaciones similares en sus hogares.
Torres Meléndez concluyó que “a veces es mejor precaver, que tener que remediar. Por eso, siempre hemos estado en la mejor disposición de orientar a los ciudadanos con relación al derecho fundamental de carácter individual que nos cobija la 2da enmienda de la Constitución de los Estados Unidos además de poder armarse de manera legal para poder defender, no tan solo su vida, sino también la de sus familiares y su propiedad”.
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