Comisión Especial para la Evaluación del Sistema Electoral busca maximizar las operaciones de la CEE ante señalamientos de la Junta de Supervisión Fiscal
El Capitolio, San Juan, P.R. – El senador Miguel Laureano Correa , radicó la Resolución del Senado 1104 que ordena una investigación sobre con relación a la operación, funcionamiento y los servicios que ofrecen a la ciudadanía las Juntas de Inscripción Permanente ( JIP) de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico. Considera esencial atender la situación de cara a los inminentes ajustes económicos de la JCF y examinar las posibilidades y alternativas para la operación y continuidad de servicios de la CEE.
Indica ,el también presidente Comisión Especial para la Evaluación del Sistema Electoral, que la Junta de Control Fiscal (JCF) realizó una serie de recomendaciones sobre la estructura administrativa y operacional de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE). Entre estas proponen que operen en torno al ciclo electoral y que establezcan un sistema operacional más efectivo. “Ante el débil panorama fiscal, los inminentes ajustes administrativos para las entidades de gobierno y los recortes fiscales, es indispensable que la Comisión Especial para la Evaluación del Sistema Electoral del Senado de Puerto Rico, lleve a cabo un análisis sobre la labor, funciones y posibles alternativas operacionales y administrativas de la CEE. así como, ausculten alternativas para su maximización operacional.
Será una investigación profunda en torno a la operación, funcionamiento y los servicios que ofrecen a la ciudadanía las Juntas de Inscripción Permanente (conocidas como, JIP) de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico. ” , anunció Laureano Correa, autor de la resolución.
Los cuestionamientos de la JCF van dirigidos a que, aunque reconoce la función democrática de las funciones de la CEE, su sistema operacional y administrativo no es cónsono con la realidad fiscal que atraviesa Puerto Rico.
Expresa la resolución de investigación en su exposición de motivos que la JCF compara la labor de la CEE de Puerto Rico con las comisiones electorales de otros estados, y proponen que la CEE reduzca significativamente sus operaciones durante los tres años previo al ciclo electoral. También señalan alegan que el sistema administrativo de la CEE es altamente burocrático, costoso y complejo. La CEE cuenta con más de 700 empleados, una estructura gerencial demasiado amplia y ochenta y cinco (85) Juntas de Inscripción Permanente (JIP) cada una con gastos de personal y costos administrativos.
Por su parte, el Presidente de la CEE, Juan Dávila Rivera, en respuesta a los señalamientos de la JCF, argumenta que las funciones de la Comisión derivan del principio cardinal del respeto a la voluntad democrática de un pueblo. Aclaran que el período electoral transcurre desde el primero de enero del año siguiente a las elecciones generales hasta el 31 de diciembre del año electoral en que se celebren unas elecciones generales. Indican que, para poder cumplir y establecer las garantías de pureza procesal que garanticen que cada voto se cuente en la forma que se emitió, es necesario llevar a cabo un sinnúmero de actividades previas , durante y después del evento electoral.
Entre estas se encuentran: la depuración del registro general de electores, atender los partidos por petición, la inscripción de electores durante el año siguiente a las elecciones generales, la actualización del programa de unidades electorales y límites de precintos, trabajar con el sistema de votación, notificar la apertura, radicación y cierre de candidaturas, atender las primarias y las peticiones de endoso para cargos públicos, las recusaciones por residencia, ejercer el control de gastos de difusión pública del Gobierno de Puerto Rico, la celebración de las primarias presidenciales (Demócratas y Republicanas), trabajar las solicitudes de voto adelantado y voto a domicilio y las publicaciones de leyes y reglamentos, entre otros.
Asimismo, informan que desde el año 2017, las Junta de Inscripción Permanente, ofrecen a los ciudadanos los servicios del portal del Gobierno (pr.gov) , entre los que se encuentran emitir a los ciudadanos los certificados de: ASUME, Antecedentes Penales, Certificado Desempleo, Licencia y Renovación de Marbete, Certificado PAN y TANF, Medicad, Certificado de Nacimiento, Defunción y Matrimonio, CRIM, Certificación Hacienda-Deuda y Radicación de Planillas, Validación Electrónica, Certificación de Deuda, Balance o no Servicio (AEE), Certificación de Deuda, Balance o no Servicio (AAA) y el servicio de matrícula a los estudiantes del sistema de educación pública, entre otros.
La Comisión deberá rendir un informe que contenga sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones y las acciones legislativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, no más tarde de noventa (90) días, después de aprobarse esta Resolución.